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Violencia de género en tiempos de Covid-19 en Perú


Texto por Janet Maribel Rimache Ramirez (1)


El coronavirus y la gestión de la respuesta a la emergencia han acentuado las desigualdades entre los géneros, deteriorando aún más la situación de las mujeres. En particular, el confinamiento en recintos domésticos, así como la paralización de los servicios públicos, repercuten negativamente sobre las condiciones de vida y subsistencia de las mujeres. Más allá de la sobrecarga de trabajo remunerado y de trabajo doméstico y de cuidado no remunerados, la confluencia de estos factores expone a las mujeres a un riesgo elevado de violencia de género. Este artículo reflexiona sobre los efectos de la pandemia y la violencia de género en Perú.


Palabras claves: COVID-19, violencia en el hogar, violencia de género, confinamiento domiciliario, niñas y adolescentes, mujeres indígenas, migrantes venezolanas, personas LGBTI, estado de emergencia, servicios esenciales y presupuesto público.


En épocas de crisis, es alto el riesgo en que se encuentran muchas mujeres y niñas de quedarse en un hogar inseguro. Medidas como el confinamiento domiciliario y otras restricciones a la movilidad, ante la emergencia por COVID-19, buscan proteger la salud pública y evitar el colapso del sistema sanitario. Sin embargo, su puesta en práctica ha incrementado exponencialmente el riesgo de violencia en relación de pareja y otras violencias en el grupo familiar cuando la víctima convive con su victimario. Los indicadores que dan cuenta de un aumento de la violencia en el hogar se explican porque en la medida en que aumenta el tiempo de convivencia; se generan conflictos alrededor de cuestiones domésticas y familiares; la violencia se prolonga sin que sea interrumpida y se genera una percepción de seguridad e impunidad del agresor (2).



    Este aumento de la prevalencia de la violencia, sumada a la reducción de las acciones de prevención y protección, así como de servicios sociales y de atención, ocasiona una abrupta contracción de los avances de los Estados en pos de eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado. Las estimaciones globales sobre violencia de género del Fondo de Población de las Naciones Unidas (3),  apuntan a que habría desde 15 millones de casos adicionales de violencia en un periodo de 3 meses de confinamiento hasta 61 millones de casos más si el confinamiento se prolonga por 12 meses. Así es más que probable que los progresos alcanzados sufran una reducción de hasta una tercera parte, lo que se traduce en casi 200 millones de casos menos evitados de violencia en el mundo hacia el año 2030, representando un peligro para la consecución de la meta 5.2 de la Agenda para el Desarrollo Sostenible.

El Perú ostenta índices alarmantes de violencia contra las mujeres y las niñas (4). En 72 días de confinamiento, según el recuento del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar ―en adelante Programa Nacional Aurora― se atendieron 4 773 casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, entre estos, 13 con características de feminicidio. Esto sin contar las 41.200 llamadas atendidas por la Línea 100 que, en relación con el año 2019, sostuvieron un incremento de 52% (5) y las 323 desapariciones de mujeres registradas por la Defensoría del Pueblo hasta fines de abril (6). Se estima que estas cifras estén muy por debajo del número real de casos debido a las restricciones sanitarias y de movilidad que limitan el acceso de las víctimas a los servicios de prevención, atención y reparación de la violencia.


Al desagregar las cifras de la violencia por sexo y grupos de edad de las víctimas, se constatan 4.024 mujeres (84%) y 749 hombres (16%); así como 1844 niñas, niños y adolescentes (39%), 2.731 personas adultas (57%) y 198 personas adultas mayores (4%). Esta consideración es relevante, pues evidencia la alta concentración etaria y de género en las víctimas, que tiene como principales agraviadas a las mujeres adultas. En el caso particular de las niñas y adolescentes, el confinamiento las expone a un riesgo alto de violencia y maltrato, sumado al riesgo de abandono y exclusión escolar después de la epidemia, pues los actos de violencia suelen ir acompañados del temor, opresión sicológica y bajo rendimiento académico, sobre todo si estas vivencias trascienden su desarrollo personal.


Esta situación se vuelve más preocupante en el caso de las mujeres indígenas y venezolanas y personas LGBTI por los escasos datos existentes de los niveles de violencia que enfrentan, más aún si estas poblaciones tienen mucho menos margen con qué afrontar la crisis. Pese a que la falta de disponibilidad de datos desglosados por identidad étnica, identidad de género, orientación sexual y nacionalidad no permite tener un panorama exacto de la violencia de género en el país en medio de la emergencia, la revisión de información estadística oficial preexistente al brote de la epidemia advierte que estas poblaciones se encuentran en una situación desventajosa respecto del resto de mujeres.


Sobre el particular, las mujeres indígenas esbozan trayectorias donde la violencia forma parte de sus historias de vida a lo largo de su ciclo vital (7). La Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2018 muestra que las mujeres que se autoperciben indígenas conforman el grupo étnico que mayoritariamente sufre violencia psicológica y/o verbal por parte de sus cónyuges o compañeros sentimentales (65.1%) (8). En reconocimiento de esta realidad, el Decreto Legislativo n.° 1489 (9) estableció, en el marco de la emergencia, la obligación de las entidades públicas de prevenir y atender casos de discriminación y violencia que puedan presentarse durante la prestación de servicios con mayor énfasis en niñas, niños, adolescentes, mujeres y personas adultas mayores.


La situación de las mujeres venezolanas en Perú adquiere relevancia de cara a la migración masiva de personas venezolanas, más aún si estas componen el 55.2% de la población venezolana residente en el país. Más allá de la precarización laboral, la convergencia del sexo y la condición migratoria agudiza el impacto negativo de la violencia de género (10). Según la Organización Internacional para las Migraciones, a fines del año 2019, el 21.1% de las personas encuestadas en la frontera norte de Perú declaró haber tenido conocimiento de algún episodio de violencia de género.


En el contexto actual, los riesgos adicionales en que se encuentran estas mujeres se explican por el desconocimiento del sistema de justicia, la no recepción de denuncias por los/as operadores/as de justicia, el temor de sufrir represalias por el estatus migratorio, la ausencia de redes de apoyo y el mayor temor al nuevo virus por no poder adquirir insumos sanitarios que aminoren el riesgo de contagio. Ahora bien, de conformidad con la estadística ofrecida por el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, entre el 16 de marzo y el 3 de mayo, se registró 1 víctima de feminicidio de nacionalidad venezolana (11).


En cuanto a las personas LGBTI, las primeras aproximaciones ensayadas por organismos internacionales y expertos/as sugieren que el confinamiento cataliza las tensiones en lo familiar, lo que tiene por resultado episodios de violencia. Esto guarda relación con los hallazgos de la Primera Encuesta Virtual para Personas LGBTI del año 2017, de carácter exploratorio y no probabilístico, que descubrió que, en el 28% de los casos de discriminación y/o violencia contra personas LGBTI, los agresores fueron integrantes del grupo familiar (12). De otro lado, durante la vigencia del “pico y género”, trascendieron denuncias de mujeres trans que claramente visualizaban a las fuerzas del orden como los principales ejecutores de la violencia institucional que sufren, humillándolas al ser detenidas por abandonar sus hogares en un día no asignado al sexo que registran en su documento de identificación (13).


Al repunte de la violencia de género le siguió la respuesta normativa del Gobierno de Perú con el Decreto Legislativo n.° 1470 (14). Ha de hacerse hincapié en que esta medida legislativa fue expedida tras 6 semanas de decretarse el estado de emergencia nacional, cuando debió ser una de las primeras disposiciones en dictarse para hacer frente a los impactos adversos de género derivados de la pandemia.


Haciendo énfasis en el carácter urgente y grave de la violencia, el tiempo entre la recepción de la denuncia y el dictado de las medidas de protección y/o cautelares que correspondan no puede exceder las 24 horas, valiéndose los operadores/as de justicia de recursos tecnológicos con el fin de preservar la vida e integridad de la víctima y las personas dependientes o en situación de vulnerabilidad a su cargo. Otro cambio notable que introduce en la legislación es la aplicación preferente de las medidas de protección que eviten el contacto entre la víctima y el agresor como el retiro de este del domicilio, quedando proscrito el mandato de cese, abstención y/o prohibición de ejercer violencia. De no ser posible el retiro del agresor del domicilio, y si la víctima no cuenta con redes de apoyo, corresponde su acogimiento en un hogar de refugio temporal luego del descarte de infección por el virus.


En cuanto a los mecanismos de respuesta del Programa Nacional Aurora, existen ciertos servicios públicos paralizados a causa de la expansión del nuevo coronavirus, cuya suspensión de actividades restringe la oferta de servicios destinados a las mujeres ante la violación de su derecho a una vida libre de violencia. Como ejemplo: los Centros Emergencia Mujer, tal vez el servicio público más representativo y con mayor cobertura en el país de atención a víctimas de la violencia de género, han cesado la atención en sus 396 establecimientos a nivel nacional. Otro servicio público no considerado esencial durante el estado de emergencia que corrió con igual suerte es la Estrategia Rural, ampliando las brechas de atención entre los ámbitos urbano y rural. No obstante, aunque con limitaciones de personal, sanitarias y geográficas; persisten algunos servicios de atención de la violencia contra las mujeres, tales como la Línea 100, Chat 100, Estrategia de acompañamiento psicológico telefónico, Equipo Itinerante de Urgencia, Servicio de Atención Urgente y Hogares de Refugio Temporal (15).


La asignación de presupuesto público del Gobierno de Perú para hacer frente a los efectos de la crisis por la COVID-19 es de 90 mil millones de soles, equivalente al 12% del PBI nacional. Siendo un país de economía emergente, el paquete económico es comparable a los adoptados por países de economías desarrolladas. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Economía y Finanzas no destinó un presupuesto específico a los servicios esenciales en respuesta a la violencia de género durante el estado de emergencia. La partida presupuestal asignada a la unidad ejecutora Programa Nacional Aurora para el año 2020 brinda mayores luces de la capacidad de respuesta que ofrece para garantizar la disponibilidad y continuidad de los servicios de prevención, atención y reparación de la violencia. La asignación presupuestal correspondiente al actual periodo excede los 416 millones de soles, con un descenso de más de 17 millones de soles, respecto del periodo 2019. En cuanto al gasto público, se reportó a fines de mayo la ejecución del 31.8% de lo asignado (16).


En conclusión, hoy más que nunca se hacen necesarios los esfuerzos del Gobierno para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. La creciente evidencia mundial de la correlación entre la COVID-19 y el mayor número de casos de violencia contra las mujeres no hacen más que desnudar los efectos profundos de las desigualdades de género que se extienden más allá de esta crisis.


Referencias


(1) Bachiller de Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Actualmente laboro en la Comisión de Mujer y Familia del Congreso de la República del Perú. 
(2) COMISIÓN INTERAMERICANA DE MUJERES. 2020. COVID-19 en la vida de las mujeres. Razones para reconocer los impactos diferenciados. s/l: OEA.
(3) FONDO DE POBLACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS. 2020. Repercusión de la pandemia de COVID-19 en la planificación familiar y la eliminación de la violencia de género, la mutilación genital femenina y el matrimonio infantil. s/l: UNFPA.
(4) Los resultados de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2018 muestran que el 63.2% de las mujeres peruanas alguna vez unidas sufrieron algún tipo de violencia por parte del esposo o compañero sentimental. Por tipos de violencia, el 58.9% de las mujeres ha sufrido violencia psicológica y/o verbal; el 30.7% de las mujeres, violencia física; y el 6.8% de las mujeres, violencia sexual. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA. 2019. Perú: Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2018 - Nacional y Departamental. Lima: INEI, p. 288.
(5) CANAL CONGRESO DEL PERÚ. 2020. Sesión extraordinaria de la Comisión Mujer y Familia [videograbación]. Lima:  Canal Congreso del Perú. Consulta: 15 de mayo de 2020. 
(6) INSTITUTO DE DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PUCP. Webinar La otra pandemia: violencia de género en tiempos de COVID-19 [videograbación]. Lima: IDEHPUCP. Consulta: 30 de mayo de 2020. 
(7) La Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2018 muestra que las mujeres que se autoidentifican indígenas conforman el grupo étnico que mayoritariamente sufre violencia psicológica y/o verbal por parte de sus cónyuges o compañeros sentimentales (65.1%). La proporción se eleva a 68.5% en aquellas mujeres que aprendieron en su niñez alguna lengua nativa. En cuanto a situaciones de violencia física y/o sexual ocurrida en los últimos 12 meses, estas mujeres reportaron una tasa de 12.4%, porcentaje ligeramente por debajo de aquellas mujeres que se identifican blancas y afroperuanas (13.8% y 12.9%, respectivamente).INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA. 2019. Perú: Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2018 - Nacional y Departamental. Lima: INEI, pp. 293 y 295.
(8) Ibidem, p. 293.
(9) PODER EJECUTIVO. 2020. Decreto Legislativo n.° 1489. Lima, 10 de mayo.
(10) ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES. 2020. Monitoreo de Flujo de Población venezolana en el Perú DTM Reporte 7. Lima: OIM.
(11) OBSERVATORIO DE CRIMINALIDAD. 2020. Feminicidio y feminicidio en grado de tentativa del 16 de marzo al 3 de mayo de 2020. Monitoreo del accionar del Ministerio Público en el marco de la declaración del estado de emergencia ante el brote del COVID-19. Lima: Ministerio Público. 
(12) INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA. 2018. Primera Encuesta Virtual para Personas LGBTI, 2017. Lima: INEI, p. 22.
(13) LA REPÚBLICA. Estado de emergencia: ¿cómo afecta el nuevo 'pico y placa’ de género a la comunidad trans? Consulta: 15 de mayo de 2020.
(14) PODER EJECUTIVO. 2020. Decreto Legislativo n.° 1470. Lima, 27 de abril
(15)  PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR. 2020. Resolución de la Dirección Ejecutiva n.° 20-2020-MIMP-AURORA-DE. Lima, 16 de marzo.
(16) TRANSPARENCIA ECONÓMICA PERÚ. Consulta Amigable (Mensual): Consulta de Ejecución del Gasto. Consulta: 2 de junio de 2020.
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